martes, 19 de marzo de 2013

Una ocasión perdida: la Segunda República


La caída de monarquía se produjo de un modo inesperado. Tras el largo paréntesis de la dictadura de Primo de Rivera, en abril de 1931 el gobierno Aznar convocó elecciones municipales en toda España. En las principales ciudades vencieron las candidaturas republicanas, y buena parte de la población consideró este resultado como un plebiscito. El comité republicano resultado del Pacto de San Sebastián ocupó el poder, y el gobierno y el propio rey aceptaron la situación. Alfonso XIII marchó inmediatamente al exilio.

Se estableció un gobierno provisional formado por republicanos y socialistas que proclamó la república y convocó elecciones consituyentes, con el resultado de unas Cortes con mayoría de izquierdas. Éstas elaboraron una constitución netamente de izquierdas, que discriminaba a los sectores sociales de derechas. Dos años después, en unas nuevas elecciones, el resultado fue el inverso, pero la actitud de la nueva mayoría de centro y de derechas será similar a la anterior: gobernará exclusiva o principalmente para los "suyos". Y en 1936 unas nuevas elecciones (muy radicalizadas en ambos sectores) devolverá el poder a las izquierdas.

La Segunda República fue una democracia con graves carencias. Pero quizás lo peor fue la escasez de comportamientos democráticos y tolerantes (aunque también los hubo, y desde todas las posiciones políticas): sus propios dirigentes prefirieron el enfrentamiento a la colaboración y el acuerdo. Además, la conflictividad y el desprecio por la legalidad fue constante: se produjeron varios intentos de revolución anarquista y un golpe de estado derechista contra gobiernos de izquierdas, y otros intentos de signo anarquista, socialista y catalanista contra gobiernos de centro y derecha. Todos ellos fracasaron, pero causaron miles de víctimas y sobre todo la generalización del odio y del miedo al contratrio.


Para las PAU corresponde preparar:

Tema 5: La Segunda República.

Texto: Ley de Bases de Reforma Agraria [1932].
[...] Serán suceptibles de explotación las tierras incluidas en los siguientes apartados:
1.º Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños siempre que su adquisición se considere de interés por el Instituto de Reforma Agraria [...].
5.º Las que por las circunstancias de su adquisición, por no ser explotadas directamente por los adquirentes y por las condiciones personales de los mismos, deba presumirse que fueran compradas con fines de especulación o con el único objeto de percibir su renta [...].
7.º Las incultas o manifiestamente mal cultivadas en toda aquella porción que, por su fertilidad y favorable situación permita un cultivo permanente, con rendimiento económico superior al actual [...].

Expropiaciones y ocupaciones realizadas a raíz de la Ley de Bases de Reforma Agraria de 1932 (hasta el 31 de diciembre de 1934)

N.º de fincas
Extensión en Has.
N.º de familias asentadas
Expropiadas
468
89.133
8.609
Ocupadas
61
27.704
3.651

Asentamientos realizados bajo el Gobierno del Frente Popular (marzo-julio de 1936)
Mes
Superficie ocupada en Has.
Familias campesinas asentadas
Marzo
249.616
72.428
Abril
150.490
21.789
Mayo
41.921
5.940
Junio
55.282
3.855
Julio
74.746
6.909
Total
572.055
110.921
J. Hernández y otros, Historia de España. 2.º Bachillerato. Fuentes documentales, Madrid, Akal, 2004, pp. 120-121.

Texto: Manifiesto del Frente Popular [1936].
Los partidos republicanos Izquierda Republicana, Unión Republicana y el Partido Socialista, en representación del mismo y de la Unión General de Trabajadores; Federación Nacional de Juventudes Socialistas, Partido Comunista, Partido Sindicalista, Partido Obrero de Unificación Marxista, sin perjuicio de dejar a salvo los postulados de sus doctrinas, han llegado a comprometer un plan político común que sirva de fundamento y cartel a la coalición de sus respectivas fuerzas en la inmediata contienda electoral y de norma de gobierno que habrán de desarrollar los partidos republicanos de izquierda, con el apoyo de las fuerzas obreras, en el caso de victoria.
I. Como suplemento indispensable de la paz pública, los partidos coaligados se comprometen:
1.º A conceder por ley una amplia amnistía de los delitos político-sociales cometidos posteriormente a noviembre de 1933 […].
VII. La República que conciben los partidos republicanos no es una República dirigida por motivos sociales o económicos de clase, sino un régimen de libertad democrática, impulsado por razones de interés público y progreso social. Pero precisamente por esa definida razón, la política republicana tiene el deber de elevar las condiciones morales y materiales de los trabajadores hasta el límite máximo que permita el interés general de la producción, sin reparar, fuera de este tope, en cuantos sacrificios hayan de imponerse a todos los privilegios sociales y económicos.
VIII. La República tiene que considerar la enseñanza como atributo indeclinable del Estado, en el superior empeño de conseguir en la suma de sus ciudadanos el mayor grado de conocimiento y, por consiguiente, el más amplio nivel moral por encima de razones confesionales y de clase social.
Reproducido en A. Fernández y otros, Documentos de Historia Contemporánea de España, Madrid, Actas, 1996, pp. 481-483.



Para saber más:

Debes frecuentar el capítulo correspondiente de Textos de Historia de España.

Puedes consultar la legislación de este período (por lo menos, la Constitución) en este documento: Legislación de la Segunda República, que se descarga pinchando aquí.